Para la mayoría de los padres, ver a sus hijos hacerse independientes y triunfar es motivo de gran satisfacción. Es, de alguna manera, la confirmación de que nuestra tarea como padres ha tenido éxito. Más aún en una época en la que los hijos se van cada vez más tarde del hogar y les cuesta mucho independizarse.
En la práctica, hay veces en las que la ansiada emancipación de los hijos no ocurre en las mejores condiciones. Por ejemplo, cuando se produce demasiado pronto, en circunstancias que no son las más deseadas, como en un arrebato temperamental. Cuando se producen estos factores, los padres pueden pensar que sus hijos no tienen la madurez emocional suficiente y que no están listos para independizarse. Pero ¿qué pueden hacer?
La emancipación es la condición legal mediante la cual una persona accede a la capacidad de obrar. Esta situación se da, generalmente, por efecto de la mayoría de edad, al cumplir los 18 años. Sin embargo, los hijos menores de 18 años pero mayores de 16 también pueden acceder a la emancipación. En efecto, la emancipación de un menor de 18 años pero mayor de 16 le permite disponer legalmente tanto de su persona como de sus bienes, como si fuera mayor de edad. Sin embargo, la ley establece algunas excepciones. El emancipado menor de 18 años no podrá, por ejemplo, pedir préstamos, gravar o transmitir bienes inmuebles ni establecimientos mercantiles o industriales sin el consentimiento de sus padres o tutores.
La mayoría de emancipaciones ocurre por la voluntad del beneficiario de casarse antes de haber cumplido los 18 años. En ese caso, si el cónyuge es mayor de edad, el emancipado podrá realizar los actos legales antes mencionados solo con el consentimiento de los dos cónyuges. Si los dos son menores de edad, necesitarán el consentimiento de los padres o tutores.
Un menor de edad puede acceder a la condición de emancipado de distintas maneras:
- Cuando las personas que ejercen la patria potestad sobre él, generalmente los padres o tutores, le concedan este beneficio. El menor tiene que haber cumplido los 16 años y estar de acuerdo con que se le otorgue la emancipación. En ese caso, la emancipación se concede mediante Escritura Pública ante Notario. Esta debe ser, además, inscrita en el Registro Civil. Cuando ha sido concedida, no puede revocarse. Un hijo mayor de 16 se considera emancipado cuando vive de manera independiente de sus padres, con el consentimiento de estos.
- Un hijo mayor de 16 años también puede acceder a la emancipación contrayendo matrimonio.
- Por concesión judicial. Esta puede darse cuando el menor la solicite ante el Juez y se cumplan ciertas condiciones. Una de ellas es que la persona que ejerce la patria potestad se haya casado o conviva con alguien que no sea el otro progenitor del menor.
- Otra de las condiciones que deben cumplirse para que un Juez pueda conceder la emancipación de un menor es que los padres vivan separados.
- También puede autorizar el juez la emancipación en caso de que exista alguna causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.
¿Qué pueden hacer los padres para oponerse a la emancipación de sus hijos menores?
Algunas veces, los padres se oponen a la emancipación de sus hijos menores y desean impedirla. Esto puede ocurrir por muchos motivos, sobre todo cuando los padres consideran que su hijo está tomando esa decisión impulsivamente, por rebeldía o sin tener la madurez suficiente para llevar una vida independiente. Ante esa situación, los padres o tutores pueden acudir al servicio de un abogado de familia para defender los derechos de su hijo. El profesional intentará, ante todo, llegar a una negociación con el menor para que se restablezca la comunicación entre él y sus padres. En caso de que la negociación fracase y el menor se niegue a reconsiderar su decisión, el abogado podrá representar a los padres ante los tribunales para exponer y defender sus argumentos.